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Subida del IVA sanitario

29 Diciembre 2014 2015 enero iva sanitario subida

La sanidad estrena año con una subida. Desde este 1 de enero de 2015 el IVA de todos los productos sanitarios sube del 10 al 21% (es decir, del tipo reducido, al tipo general).

Esta subida afectará a todos los equipos médicos, aparatos, instrumental sanitario, productos farmacéuticos y productos intermedios de elaboración de medicamentos.

Solo se salva de esta subida, todo aquello relacionado con la discapacidad, es decir, los productos que estén diseñados para personas que tengan deficiencias físicas, mentales, sensoriales o intelectuales, como como las gafas graduadas, prótesis, sillas de ruedas o muletas.

Según han explicado a la Cadena SER desde el Ministerio de Hacienda también se mantienen a tipo reducido, es decir, un IVA del 10%, “los productos sanitarios como las gasas, vendas, botiquines para primeros auxilios o parches oculares”.

Al sector privado le asusta esta subida porque habían pedido al Ministerio de Hacienda que este incremento fuese gradual, hacerlo de golpe, dicen, hará temblar sus presupuestos.

Los hospitales privados tendrán un incremento de los costes equivalente al 0,8% de sus ingresos, según un informe elaborado por la Fundación IDIS. En ese documento analizan el impacto que tendrá esa subida del IVA sanitario, su aplicación, dicen, pondrá en peligro cerca de 21.000 puestos de trabajo.

Esta subida, evidentemente, “también tendrá un impacto presupuestario en las Comunidades Autónomas”, según admiten en el departamento de Montoro. Pero ese impacto no les afectará negativamente. “Con esta subida del IVA, las comunidades tendrán más gastos, pero también tendrán más ingresos”, aclaran.

Además, el Ministerio de Hacienda se ha comprometido a que las Comunidades Autónomas puedan comprar estos productos sanitarios “a un tipo de interés cero” para no provocar un freno en el consumo de estos productos, un escenario que inquieta mucho al sector privado.

El 17 de enero de 2013, el Tribunal de Justicia de la UE declaró que España estaba incumpliendo las obligaciones de la Diectiva Europea porque sus productos sanitarios tenía un IVA redudido del 10%, en lugar del tipo general que existe en el resto de Europa. Por eso, en las sentencia se obligó a España a corregir esa situación.

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